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¿Qué ocurre si un autónomo no recuerda dar de alta el centro de trabajo?

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Entre las diferentes obligaciones que deben cumplir los autónomos cuando empiezan a trabajar por su cuenta, está la de dar de alta el centro de trabajo. Es un trámite a través del que se le dice a la Seguridad Social desde donde se trabaja.

Aunque puede parecer que esto no es importante, en realidad sí lo es. Tanto, que pasar por alto este trámite se sanciona con una multa que puede llegar a superar los 600 euros.

¿POR QUÉ HAY QUE DAR DE ALTA EL CENTRO DE TRABAJO?

A través de esta comunicación se pone en conocimiento de la autoridad laboral donde se lleva a cabo la actividad profesional. Para la Seguridad Social este dato es especialmente importante si tiene que llevar a cabo inspecciones.

A efectos prácticos, es indiferente si el autónomo trabaja desde un establecimiento de su propiedad o de uno alquilado. Tampoco importa si desarrolla su actividad desde su casa. En todos los casos debe comunicar cuál es su centro de trabajo.

ALGO MÁS QUE UNA DIRECCIÓN

El trámite es algo más que complejo que limitarse a indicar la ubicación física en la que se lleva a cabo la actividad. Es necesario aportar detalles que ayuden a identificar el espacio y la actividad desarrollada.

La Seguridad Social pide datos como el número de metros cuadrados que tiene el espacio desde el que se trabaja o una descripción de la actividad concreta que lleva a cabo el profesional en su centro de trabajo.

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